La Llei 2/2026, de 22 de enero — llamada ley “Òmnibus 2” — es el texto que más ha cambiado las reglas de instalación en Andorra en los últimos años. Aprobada el 22 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial (BOPA) el 12 de febrero de 2026, entró en vigor el 13 de febrero de 2026. Consolida y endurece medidas de urgencia sobre vivienda e inmigración que ya se habían introducido con una primera ley Òmnibus en 2025 (Llei 5/2025).
Aviso
Esta página resume una reforma compleja a partir de fuentes de prensa y despachos jurídicos andorranos. No sustituye la lectura del texto legal completo ni el asesoramiento de un profesional. Verifica siempre tu situación con una gestoría o un abogado andorrano antes de tomar cualquier decisión.
Qué cambia para la residencia pasiva (rentistas, no activos)
| Antes del 13/02/2026 | Desde el 13/02/2026 |
|---|---|
| Inversión mínima: 600 000 € | 1 000 000 € (o 400 000 € a través del Fons de l’Habitatge), a realizar en un máximo de 36 meses |
| Depósito AFA de 50 000 € reembolsable | Depósito AFA de 50 000 € no reembolsable |
| Tasa de inversión inmobiliaria extranjera: 3 % / 5 % / 10 % | 6 % / 10 % (tipos duplicados) |
| Sin límite de propiedad para extranjeros | Limitado a 1 terreno, 1 vivienda, 2 apartamentos, 6 plazas de aparcamiento |
La presencia física mínima se mantiene sin cambios en 90 días al año. Una cláusula transitoria protege los expedientes presentados antes del 13 de febrero de 2026: conservan las condiciones anteriores.
Qué cambia para la residencia activa (autónomos, emprendedores)
- El depósito AFA de 50 000 € pasa a ser no reembolsable (ya existía antes de 2026, pero con normas de reembolso más flexibles según las fuentes consultadas).
- Refuerzo de los controles de sustancia económica real en los vencimientos de renovación (2 y 5 años), con un control conjunto entre el Ministerio de Economía y los servicios de inmigración.
- Una orientación más estricta para limitar las sociedades “pantalla” creadas únicamente para obtener un permiso de residencia.
El detalle completo del estatuto de residencia activa se desarrolla en nuestra página residencia fiscal en Andorra para autónomos.
Lo que la ley Òmnibus 2 no cambia
Esta reforma afecta a la inmigración y la vivienda, no a la fiscalidad directa de empresas y particulares. Los tipos de IRPF, IS e IGI se mantienen estables. El visado de nómada digital (Llei 42/2022) tampoco se ve directamente modificado por esta ley.
Un punto no confirmado que descartamos por el momento
Algunas fuentes hacen referencia a un “Decret 75/2026” que precisaría cupos de residencia activa y pasiva. No hemos podido localizar este texto en una fuente oficial independiente en el momento de redactar esta página. Preferimos no construir contenido sobre una referencia no verificada: si encuentras esta información en otro lugar, pide confirmación a una gestoría andorrana antes de tenerla en cuenta en tu proyecto.
Por qué se aprobó esta reforma
El contexto político andorrano de 2025-2026 está marcado por la presión sobre el mercado de la vivienda y la voluntad del Govern de endurecer los criterios de instalación, tras una primera oleada de medidas de urgencia en 2025 (Llei 5/2025) que la ley Òmnibus 2 viene a consolidar y reforzar.