Instalarse en Andorra

Vivir en Andorra y trabajar en remoto es posible, pero el marco legal cambió en 2026 y es más estricto que antes. Esta guía resume los estatutos existentes, los importes actuales y las preguntas que conviene hacerse antes de dar el paso. Las páginas detalladas de este hub profundizan en cada situación.

Aviso legal

Esta información se ofrece a título orientativo y puede cambiar. No sustituye la consulta con un abogado o una gestoría andorrana (asesoría que se encarga de los trámites administrativos, fiscales y de constitución de empresas). Verifica siempre tu situación personal antes de tomar cualquier decisión sobre residencia, fiscalidad o creación de empresa.

El punto de inflexión de 2026: la ley Òmnibus 2

La Llei 2/2026, de 22 de enero, conocida como ley «Òmnibus 2», entró en vigor el 13 de febrero de 2026. Endureció las condiciones de residencia e inmigración en Andorra, especialmente para los residentes no activos y los emprendedores. Le hemos dedicado una página completa a esta reforma: Ley Òmnibus 2: qué cambia. Sobre todo, ten en cuenta esto: si lees en otro sitio que la residencia pasiva exige una inversión de 600.000 €, o que el depósito de 50.000 € ante la AFA es reembolsable, esa información está obsoleta desde febrero de 2026.

Los estatutos relevantes para un teletrabajador

1. El visado de nómada digital

Andorra dispone de un verdadero estatuto de nómada digital, regulado por la Llei 42/2022 y el Decret 212/2023, reservado a quienes trabajan exclusivamente en remoto para clientes o empleadores no residentes en Andorra. El cupo está limitado a 50 permisos al año. Detalles completos: visado de nómada digital de Andorra.

2. La residencia activa (autónomo o sociedad)

Es el estatuto para quienes quieren crear o dirigir una sociedad andorrana y residir efectivamente en el país (mínimo 183 días al año). Desde 2026, el depósito de 50.000 € ante la AFA no es reembolsable. Detalles: residencia fiscal en Andorra para autónomos.

3. El asalariado francés que teletrabaja desde Andorra

Es una situación distinta de las dos anteriores: seguir siendo asalariado de una empresa francesa mientras se reside en Andorra plantea cuestiones específicas de derecho laboral y seguridad social que no se resuelven solo con un estatuto de residente andorrano. Ver nuestra página dedicada: teletrabajar en Andorra para una empresa francesa.

4. La residencia pasiva (rentistas, no activos)

Estatuto para quienes no van a ejercer ninguna actividad económica en Andorra. Desde la ley Òmnibus 2, la inversión mínima ha pasado a 1.000.000 € (o 400.000 € si se invierte en el Fons de l’Habitatge, el fondo público de vivienda). Este estatuto en principio no permite actividad lucrativa local; la frontera exacta con el teletrabajo ocasional para un empleador extranjero merece una aclaración jurídica caso por caso, ya que este punto no está resuelto de forma uniforme según las fuentes consultadas.

Fiscalidad andorrana para un autónomo: lo esencial

  • IRPF (impuesto sobre la renta): 0 % hasta 24.000 €, 5 % de 24.000 a 40.000 €, 10 % a partir de ahí.
  • IS (impuesto sobre sociedades): tipo estándar del 10 %, tipo reducido del 5 % para beneficios de hasta 50.000 € bajo ciertas condiciones.
  • IGI (equivalente al IVA): tipo general del 4,5 %, uno de los más bajos de Europa.

El detalle completo, con los matices según el perfil, se desarrolla en nuestra página residencia fiscal para autónomos.

Una vez identificado tu estatuto, queda la cuestión muy práctica del puesto de trabajo diario. Consulta nuestro directorio de espacios de coworking en Andorra para comparar las opciones en Andorra la Vella y Escaldes-Engordany.